La Universidad Autónoma de Chiapas, a través de la Coordinación General de Relaciones Interinstitucionales y la Dirección General de Investigación y Posgrado, convoca a las y los estudiantes inscritos en posgrados de la UNACH acreditados por SECIHTI, que aspiren a realizar una estancia académica corta en una institución educativa de calidad y reconocimiento internacional, a concursar por una de las becas de movilidad para el año 2025, las cuales estarán determinadas en función de los recursos disponibles.
1. Consulta la convocatoria, sus lineamientos y requisitos en www.sari.unach.mx a partir del 05 de febrero de 2025.
2. La presente convocatoria apoya estancias en el extranjero, con duración de 30 días; en caso de ser más extensas, el beneficio sólo cubrirá ese plazo; no aplica para movilidades más cortas.
3. Las y los estudiantes de la Universidad Autónoma de Chiapas inscritos en un posgrado acreditado por SECIHTI, podrán participar en la presente convocatoria de movilidad para realizar estancias académicas o de investigación con alguno de los siguientes objetivos.
a. Co-dirección de tesis
b. Cursar una asignatura optativa o de tópicos especiales
c. Desarrollo experimental, social o tecnológico vinculado a la investigación de tesis.
4. La recepción de expedientes se llevará a cabo en el periodo de vigencia de acuerdo con lo que indica el apartado V. No se recibirán expedientes incompletos. El período de recepción será del 3 al 7 de marzo.
5. Las estancias deberán programarse para su cumplimiento durante el periodo de marzo a noviembre de 2025.
6. Para que la solicitud proceda es obligatorio el cumplimiento, en tiempo y forma, de todos los requisitos.
https://www.sari.unach.mx/index.php/movilidad#convocatoria-movilidad-posgrado-2025
La Universidad Autónoma de Chiapas a través de la Coordinación General de Relaciones Interinstitucionales, convoca a sus estudiantes de nivel licenciatura en las modalidades presencial y a distancia, que deseen cursar asignaturas de su plan de estudios vigente en la modalidad virtual, en alguna de las instituciones de educación superior nacional o internacional a través de convenio, durante el segundo período 2025.
Esta convocatoria, los requisitos y la lista de instituciones de educación superior nacionales e internacionales participantes, se podrán consultar en https://sari.unach.mx/index.php/movilidad-virtual a partir del jueves 06 de marzo de 2025.
2. La recepción de expedientes se llevará a cabo en el periodo establecido dentro de la vigencia de esta convocatoria de acuerdo con lo que indica el Apartado V de la presente convocatoria. No se recibirán expedientes incompletos.
3. La aceptación definitiva la decidirán las instituciones de educación superior receptoras, ya que éstas se reservan el derecho de admisión.
4. Para que la solicitud proceda es obligatorio el cumplimiento en tiempo y forma de todos los requisitos.
Consulta los requisitos: https://sari.
a través de la
Con el propósito de reconocer el trascendente papel de las/los educadores en el proceso de enseñanza aprendizaje y con el objetivo de revalorizar y estimular el desarrollo de la carrera docente e incrementar la calidad, la dedicación y la permanencia de las/los académicas/os en el desempeño de sus actividades de docencia, investigación, tutorías y cuerpos colegiados.
Al Personal Docente de Tiempo Completo con categoría de técnico y profesor de carrera asociado y titular, cuya actividad principal es la docencia frente a grupo y que participen en la actualización de su formación académica y la consolidación de sus actividades en la docencia, investigación, tutorías, participación en cuerpos colegiados, extensión, vinculación, gestión académica asociadas al mejoramiento de la calidad del proceso de enseñanza - aprendizaje y su permanencia, así como en la acreditación y evaluación de los programas educativos, a participar en el:
Evaluación de las actividades realizadas en el año 2024. De conformidad con las siguientes:
I.1.- La adjudicación del Estímulo al Desempeño Docente estará sujeta con lo dispuesto en los "Lineamientos Generales para la Operación del Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente de Educación Media Superior y Superior" emitidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el 11 de octubre de 2002, así como el Reglamento vigente del Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente de la Universidad.
I.2.- El Estímulo al Desempeño Docente es un beneficio económico independiente del sueldo; por lo que no constituye un ingreso fijo, regular ni permanente y no podrá estar, bajo ninguna circunstancia, sujeto a negociación con organizaciones sindicales o estudiantiles, ni podrá ser demandable ante otra autoridad gubernamental.
I.3.- El Estímulo al Desempeño Docente se otorgará de conformidad con los recursos económicos destinados para este fin y al número de aspirantes seleccionados y su vigencia será de un año contados a partir del 01 de abril de 2025 al 31 de marzo de 2026.
I.4. Todos y cada uno de los documentos presentados podrán ser objeto de posteriores revisiones dentro de cualquier auditoría que lleve a cabo la Secretaría de Educación Pública Federal, la Secretaría de Hacienda, la Auditoría Superior de la Federación, la Auditoría Superior del Estado, cualquier instancia externa con facultades para llevar a cabo revisiones o la propia institución, a fin de cotejar la validez del documento.
II.1.- Podrán participar en el Programa, el personal docente de tiempo completo con categoría de profesor de carrera asociado y titular.
II.2.- Podrán participar el personal técnico académico asociado y titular.
II.3.- Podrán participar el personal docente de medio tiempo, en el caso de que la Universidad Autónoma de Chiapas cuente con los recursos adicionales por ingreso propio, reducción del capítulo 1000 "Servicios Personales" o por aportaciones del Gobierno Estatal. Debiendo cumplir con los requisitos señalados en esta convocatoria.
II.4.- Podrá considerarse el personal titular de los departamentos cuyo origen sea la docencia, que se encuentren vinculados con la planeación y desarrollo de proyectos educativos y que además impartan un mínimo de 4 horas-semana-mes de docencia de clases frente a grupo.
II.5.- Podrán participar en este Programa el personal docente de tiempo completo que estén disfrutando de año sabático o se encuentren de licencia con goce de sueldo dentro de los programas de superación profesional y académica, aprobado por la institución, siempre y cuando presenten su plan de trabajo e informe final de sus actividades al reintegrarse.
II.6 Con fundamento al numeral 6.1 de los Lineamientos Generales para la Operación del Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente de Educación Media Superior y Superior emitidos por la Secretaría de Habienda y Crédito Público y al artículo 54 del Reglamento del Programa, el personal académico que desempeñen cargos de gestión universitaria en la administración central superiores y de mandos medios, excepto titulares de departamentos y de subdirecciones, homólogos o equivalentes, de la Universidad Autónoma de Chiapas, podrán incorporarse directamente al nivel VIII del Programa para el año fiscal que corresponda cuando dejen de cumplir dicha función y se integren a la actividad académica, de acuerdo con los siguientes criterios:
Para ello debiendo presentar su solicitud de incorporación mediante el Formato FO-634-04-07.
II.7 Con fundamento en el artículo 63 del Reglamento del Programa, el docente con categoría de tiempo completo que acredite la distinción vigente emitida por el Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías (CONAHCyT) en el Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores (SNII) como candidato/a Investigador/a Nacional, o Investigador/a Nacional en cualquiera de los 3 niveles, así como haber cubierto una carga horaria mínima de actividad docente de 18 horassemana-mes en cada uno de los ciclos del periodo a evaluar, podrán incorporarse directamente al nivel IX del Programa, debiendo cumplir con los requisitos establecidos en los incisos b) y e) de la base 111.1 de la presente convocatoria. Este no aplica para el personal académico que haya obtenido la distinción durante el año a evaluar o el año de emisión de la convocatoria.
III.1.- El personal docente de tiempo completo interesados en participar en el Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
III.2.- No podrán participar en el Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente quienes cuenten con apoyo PRODEP y/o beca otorgada por la Universidad. Al concluir su beca podrán participar bajo las condiciones que se señalan en el Reglamento del Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente.
III.3.- No podrán participar en el Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente quien ocupe puesto directivo o de confianza en la Universidad y/o dentro de la Administración Pública Municipal, Estatal o Federal.
IV.1.- La siguiente documentación deberá ser entregada al Titular del centro de adscripción, por el personal docente interesado en participar en la presente convocatoria:
Todos los documentos incluyendo los formatos deben ser completamente legibles y estar debidamente requisitados. El formato mencionado en el inciso a) numeral 1 debe de estar debidamente firmados por el docente al calce, y el documento mencionado en el inciso d) deberá de firmarse al calce y al margen de cada una de sus hojas. En caso contrario NO PODRÁ PARTICIPAR en el Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente 2025-2026.
Los formatos a los que hace referencia, están disponibles en www.pedped.unach.mx.
IV.2. Los docentes que cumplan con lo establecido en la Base 11.7 de la presente convocatoria, deberán de registrarse en el sistema PEDPED disponible en www.pedped.unach.mx, adicionalmente de entregar al Titular del centro de adscripción la siguiente documentación:
IV.3.- El cumplimiento de los requisitos y la entrega de la documentación solicitada es sólo para participar y no da derecho a la asignación de algún nivel.
V.1 El Programa se aplicará para evaluar la productividad académica correspondiente a cada uno de los semestres comprendidos del 01 de enero al 31 de diciembre del año de evaluación.
V.2 Los factores de "Desempeño Docente" que serán tomados en cuenta en la evaluación y que habrán de tomarse en cuenta siempre en forma concurrente, integrando necesariamente cada elemento con su puntuación calificativa mínima, como condición imprescindible para ingresar al Programa, son:
VI.1 En caso de que los recursos autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público más el recurso Estatal, para la aplicación de este Programa resulten insuficientes para cubrir el pago del estímulo a la totalidad del personal docentes, se aplicará un factor de ajuste a todos los niveles, excepto al nivel I. Por el contrario, si el recurso asignado es mayor al recurso necesario, el factor de ajuste se aplicará a todos los niveles, excepto al nivel IX. Esto debido a que el monto del estímulo no puede ser menor a una UMA, ni mayor a 11 UMA (Unidad de Medida y Actualización).
El factor de ajuste (fa) se calculará de la siguiente manera:
VI.2 El monto del estímulo se ajustará a la UMA vigente, asignándose conforme a lo establecido en el Artículo 62 del Reglamento vigente del Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente, de la siguiente manera:
Para el caso del personal docente de medio tiempo, los niveles se aplicarán de acuerdo con la siguiente tabla:
VI.3.- Con base en el puntaje alcanzado, el personal docente tendrá un nivel de estímulo por su puntuación en calidad (que puede estar en 211 hasta 700) y otro por su puntuación global (301 a 1000); el nivel que se otorgará finalmente será el mínimo de los dos.
VII.1.- El personal docente que resulte beneficiado recibirá el pago del estímulo por un año, a partir del 01 de abril de 2025 al 31 de marzo de 2026. Se pagará mensualmente mediante transferencia bancaria o cheque bancario y en nómina especial con el gravamen correspondiente.
VIII.1.- Las inconformidades al dictamen deberán hacerla ante la Dirección General de Docencia y Servicios Escolares vía electrónica, al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., misma que se turnará a la comisión de inconformidades para su atención, lo anterior de acuerdo a lo establecido en el artículo 48 del Reglamento del Programa de Estímulos. Deberá realizarse en el período establecido en la presente convocatoria, concluido este plazo, cualquier inconformidad que se presente será calificada como extemporánea y será improcedente.
La inconformidad deberá realizarse mediante el Formato Único de Recurso de Inconformidad (Formato FO-634-04-08). En el recurso de inconformidad no podrán exhibirse, ni alegarse sobre nuevas constancias o documentos que no hubiesen sido entregados previa y oportunamente dentro de las fechas establecidas para las distintas etapas del proceso de evaluación. La resolución será definitiva e inapelable y, por tanto, no admitirá ningún otro recurso o trámite administrativo.
El formato al que hace referencia está disponible en www.pedped.unach.mx.
IX.1.-De acuerdo con el Reglamento del Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente, el procedimiento para el desarrollo del Programa será de acuerdo al siguiente calendario:
Actividad | Fecha (año 2025) |
---|---|
Apertura del sistema PEDPED para registro y captura de información (www.pedped.unach.mx) | El 18 de marzo |
Cierre del sistema | El 20 de abril |
Recepción de solicitudes y expediente físico y digital (Dispositivo electrónico USB) por parte del Titular de la Unidad Académica | Del 21 al 25 de abril |
Entrega de expedientes al Comité Dictaminador | Del 29 de abril al 09 de mayo |
Proceso de análisis del Comité Dictaminador | Del 13 al 30 de mayo |
Periodo de recepción de inconformidades | Del 09 al 13 de junio |
Proceso de revisión y desahogo de inconformidades por la Comisión | Del 17 de junio al 04 de julio |
Publicación de resultados en el sistema PEDPED | 06 de agosto |
Primer pago del estímulo 2024-2025 El personal docente que resulte beneficiado recibirá el primer pago la segunda quincena de septiembre, siendo éste retroactivo al mes de abril del mismo año; posteriormente se realizará cada fin de mes durante la vigencia que señala la BASE VII. De la vigencia del pago del estímulo en la presente convocatoria. |
X.1 El estímulo podrá ser cancelado en forma temporal o en forma definitiva, conforme a las causales que se señalan en los Artículos 57 y 58 del Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente.
X.2 El personal docente que ocupe un puesto directivo o de confianza en la Universidad y/o dentro de la Administración Pública Municipal, Estatal o Federal y no solicite la suspensión temporal en el Programa; se le dará de baja de manera automática y no podrá participar en el Programa el siguiente año.
X.3 El estímulo se suspenderá cuando el Gobierno Federal dé por terminado el Programa.
Transitorio
Las controversias que pudieran suscitarse durante el proceso de evaluación, así como los asuntos no previstos en la presente Convocatoria, serán resueltos por la Dirección General de Docencia y Servicios Escolares.
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, marzo 2025
ATENTAMENTE
"POR LA CONCIENCIA DE LA NECESIDAD DE SERVIR"
DR. MANUEL GUSTAVO OCAMPO MUÑOA
DIRECTOR GENERAL DE DOCENCIA Y SERVICIOS ESCOLARES
Regístrate en:
Universidad Autónoma de Chiapas